¿Sabes cuál es la multa por fumar en lugares públicos en Guanajuato? Te lo decimos

La Ley General para el Control del Tabaco contempla multas para quienes consuman cigarros en espacios 100% libres de humo

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Crédito: Unsplash / Irina Iriser

Noticias.- En las últimas décadas en México se implementaron nuevas medidas para combatir el consumo de tabaco debido a los problemas de salud que provoca esta práctica.

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De hecho, según un artículo de Gaceta UNAM publicado en junio de 2024, más de 60 mil personas mueren anualmente en México por padecimientos relacionados al consumo de tabaco, y una de cada dos muertes por cáncer también deriva del tabaquismo.

Es por ello que en 2008 se publicó la Ley General para el Control del Tabaco, misma que se reformó por última vez en 2021 para seguir contrarrestando esta peligrosa práctica, y que prohíbe el consumo de tabaco en lugares públicos 100% libres de humo de tabaco, como bares, escuelas o centros de trabajo.

¿Qué son los lugares públicos 100% libres de humo de tabaco?

De acuerdo con la Ley General para el Control del Tabaco, se denomina como lugar 100% libre de humo tabaco a aquélla área física cerrada con acceso al público o todo lugar de trabajo interior o de transporte público, en los que por razones de orden público e interés social queda prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco.

En este sentido, el Artículo 26 de la ley prohíbe a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco en dichos espacios, así como en las escuelas públicas y privadas de educación básica y media superior.

Sin embargo, en el Artículo 27 se establece que en lugares públicos, en áreas interiores de trabajo públicas o privadas, incluidas las universidades e instituciones de educación superior, podrán existir zonas exclusivamente para fumar, aunque estas deberán ubicarse en espacios al aire libre o en espacios interiores aislados que impidan la llegada de humo al resto del lugar.

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Crédito: Unsplash / Pawel Czerwinski

¿Cuáles son las multas por fumar en espacios libres de humo de tabaco en Guanajuato?

La ley federal establece que el propietario, administrador o responsable de un espacio 100% libre de humo de tabaco, estará obligado a hacer respetar lo dispuesto por la legislación actual, y si se descubre a cualquier persona que rompa este reglamento, será acreedora a una sanción.

En concreto, el Artículo 48 establece que se sancionará con una multa de hasta cien veces el salario mínimo a quien consuma o tenga encendido cualquier producto de tabaco en una zona 100% libre de humo de tabaco.

Para este 2025, el salario mínimo general es de 278.80 pesos, lo que quiere decir que si alguna persona es sorprendida incurriendo en esta falta en Guanajuato, se enfrentaría a una multa de hasta 27 mil 880 pesos.

Por su parte, los administradores de lugares que no hagan cumplir con la ley o que cuenten con áreas de fumadores que no se acaten a lo estipulado en el reglamento, también serán acreedores a una multa de hasta 4 mil veces el salario mínimo, es decir, hasta 1 millón 115 mil 200 pesos.

Además, en caso de reincidencia se duplicará el monto de la multa que corresponda, por lo que se espera que estas medidas y sanciones logren contrarrestar el consumo de tabaco en México y Guanajuato.

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